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30 de abril de 2016

Intendenta y autoridades del Trabajo llaman a respetar Feriado Irrenunciable del 1° de Mayo

Junto con saludar a los y las trabajadoras de la región en el marco de la conmemoración del Día Internacional del Trabajador, la intendenta, Gladys Acuña; el seremi del Trabajo y Previsión Social, José Zúñiga y la directora regional del Trabajo, Mónica Aguirre recordaron que este 1° de Mayo está calificado como feriado irrenunciable para los trabajadores dependientes del sector comercio.

En este sentido, los personeros de gobierno precisaron que este descanso se inicia a más tardar a las 21 horas de hoy sábado 30 de abril y termina a las 06:00 horas del 2 de mayo. “El sentido de este feriado es que nuestros trabajadores y trabajadoras puedan disfrutar de un merecido descanso junto a sus familias”, precisó la máxima autoridad regional.

Por su parte, el seremi del Trabajo y Previsión Social aclaró que los establecimientos comerciales deberán cerrar con la debida antelación para dar cumplimiento a la normativa, porque ningún trabajador debe estar laborando al interior de los recintos comerciales en los horarios mencionados.

En este mismo sentido, hizo un llamado a los clientes para que realicen sus compras con la debida antelación, durante la jornada de hoy, tanto en tiendas como en supermercados porque mañana deben permanecer cerradas las tiendas del retail.

Se exceptúan de este derecho, los trabajadores que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets y casinos de juegos y tampoco es aplicable para trabajadores de gasolineras; servicentros y farmacias de urgencia o de turno.

Multas

La directora regional del Trabajo, explicó que los empleadores que infrinjan la norma arriesgan multas que van desde los $226.580 (5 UTM) hasta $906.320 (20 UTM) por cada trabajador afectado por la infracción, dependiendo del número de trabajadores de la empresa.

Los trabajadores sorprendidos en infracción deberán cesar de inmediato sus turnos y abandonar su lugar de trabajo y en el caso del comercio que no cierra sus puertas en la víspera del feriado el día 30 de abril, las multas fluctúan entre las 10 y 60 UTM según el número de trabajadores, es decir, desde $453.160 a $2.718.960 por empresa.

Finalmente, las autoridades regionales hicieron un llamado a los trabajadores a denunciar si sus derechos son vulnerados a través del sitio web www.direcciondeltrabajo.cl.